lunes, 25 de marzo de 2013

BOLETÍN 002


OBLIGACIONES SOCIETARIAS DE LAS EMPRESAS SUJETAS AL CONTROL Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS (I)


Apreciados clientes y amigos:

Dado que esta es una época de intenso trabajo para las empresas, puesto que hay que cumplir con varias obligaciones respecto a remitir información y documentación a entidades como el SRI, Ministerio de Relaciones Laborales y Superintendencia de Compañías, quisiera poner en su conocimiento que con fecha Martes 22 de Enero del 2013, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 876, se expidió el Reglamento que establece la información y documentos que están obligados a remitir anualmente a la Superintendencia de Compañías las sociedades sujetas a su control y vigilancia.

Esta información debe ser remitida dentro del primer cuatrimestre de cada año mediante el portal web: www.supercias.gob.ec .

Me permito indicar el procedimiento a seguir para el efecto:

El representante legal deberá ingresar al portal web de la Superintendencia de Compañías a través del usuario y clave de la compañía, y digitar la siguiente información  bajo su responsabilidad:
  • Valores contenidos en los estados financieros
  • Nombre y número de documento de identificación o RUC del contador 
  • Número de registro del contador
  •  Número de personal ocupado
  •  Número de Registro Nacional de Auditores Externos (RNAE) – Cuando esté obligado a presentar informe de auditoría, de acuerdo con el Art. 318 de la Ley de Compañías 
  • Fecha de la Junta General que conoció los estados financieros 
  •  Los demás datos que requiera el formulario
Cabe indicar que la compañía deberá estar al día en la presentación de los estados financieros de los ejercicios económicos anteriores.

El sistema no permitirá el envío de estados financieros que se presenten en cero o que no estén cuadrados.

En las siguientes entregas estaremos compartiendo más información respecto a las obligaciones societarias de las empresas para con su órgano de control y vigilancia, dado que las mismas deberán ser presentadas hasta antes del 30 de Abril del presente año.

Atentamente,

Floridalva Zambrano
Abogada 

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