jueves, 28 de marzo de 2013

BOLETÍN 003

OBLIGACIONES SOCIETARIAS DE LAS EMPRESAS SUJETAS AL CONTROL Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS (II)

Continuando con nuestra entrega anterior sobre las obligaciones que deben cumplir las sociedades para con la Superintendencia de Compañías en este primer cuatrimestre del año 2013, hoy me permito detallar la información financiera que debe remitirse a esta entidad:

1.  Estados Financieros con el siguiente detalle: 
     a) Compañías que se encuentran obligadas a presentar su información financiera conforme al Cronograma de aplicación de las “NIIF”: 
         - Estado de Situación Financiera
         - Estado del Resultado Integral
         - Notas a los Estados Financieros
         - Conciliaciones de las Normas Ecuatorianas de Contabilidad “NEC” a las Normas Internacionales de
           Información Financiera “NIIF” (excepto para aquellas empresas en las que la resolución de disolución o 
           liquidación se encuentra inscrita en el Registro Mercantil).

    b) Compañías que se encuentran obligadas a presentar su información financiera de años anteriores aplicando
        las Normas Ecuatorianas de Contabilidad “NEC”: 
        - Balance General y Estado de Resultados.

2. Informe o memoria presentado por el representante legal a la junta general de accionistas o socios que conoció y adoptó resoluciones sobre los estados financieros.

3. Informe del o los comisarios del consejo de vigilancia u otro órgano de fiscalización interna, presentados a la junta general de accionistas o de socios que conoció y adoptó la resolución sobre los estados financieros (l
as compañías de responsabilidad limitada presentarán este informe únicamente en los casos en que el estatuto de la compañía así lo estableciere).

4. Informe de auditoría externa, en el caso de estar obligada a contratarla (
aquellas compañías que sean sujetos obligados, de conformidad con lo dispuesto en las Normas para la Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos, deberán anexar al informe anual de auditoría, el informe de verificación y grado de cumplimiento de las políticas, procedimientos y mecanismos internos implementados por dichos sujetos obligados).
5. Nómina de administradores y/o representantes legales con la indicación de los nombres y apellidos completos y denominación del cargo de los mismos;

 
6. Nómina de accionistas o socios inscritos en el libro de acciones y accionistas o de participaciones y socios, a la fecha del cierre del estado financiero;

 
7. Copia legible del Registro Único de Contribuyentes (RUC) vigente;

8. Copia certificada del acta de la junta que aprobó los estados financieros;

9. Los demás datos que establece el Reglamento.
Será grato absolver cualquier consulta que ustedes tengan al respecto.
Atentamente,

Floridalva Zambrano
Abogada

lunes, 25 de marzo de 2013

BOLETÍN 002


OBLIGACIONES SOCIETARIAS DE LAS EMPRESAS SUJETAS AL CONTROL Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS (I)


Apreciados clientes y amigos:

Dado que esta es una época de intenso trabajo para las empresas, puesto que hay que cumplir con varias obligaciones respecto a remitir información y documentación a entidades como el SRI, Ministerio de Relaciones Laborales y Superintendencia de Compañías, quisiera poner en su conocimiento que con fecha Martes 22 de Enero del 2013, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 876, se expidió el Reglamento que establece la información y documentos que están obligados a remitir anualmente a la Superintendencia de Compañías las sociedades sujetas a su control y vigilancia.

Esta información debe ser remitida dentro del primer cuatrimestre de cada año mediante el portal web: www.supercias.gob.ec .

Me permito indicar el procedimiento a seguir para el efecto:

El representante legal deberá ingresar al portal web de la Superintendencia de Compañías a través del usuario y clave de la compañía, y digitar la siguiente información  bajo su responsabilidad:
  • Valores contenidos en los estados financieros
  • Nombre y número de documento de identificación o RUC del contador 
  • Número de registro del contador
  •  Número de personal ocupado
  •  Número de Registro Nacional de Auditores Externos (RNAE) – Cuando esté obligado a presentar informe de auditoría, de acuerdo con el Art. 318 de la Ley de Compañías 
  • Fecha de la Junta General que conoció los estados financieros 
  •  Los demás datos que requiera el formulario
Cabe indicar que la compañía deberá estar al día en la presentación de los estados financieros de los ejercicios económicos anteriores.

El sistema no permitirá el envío de estados financieros que se presenten en cero o que no estén cuadrados.

En las siguientes entregas estaremos compartiendo más información respecto a las obligaciones societarias de las empresas para con su órgano de control y vigilancia, dado que las mismas deberán ser presentadas hasta antes del 30 de Abril del presente año.

Atentamente,

Floridalva Zambrano
Abogada 

martes, 19 de marzo de 2013

BOLETÍN 001

BIENVENIDOS

Apreciados clientes y amigos:

A partir de hoy, Zambrano&Asociados tiene el agrado de compartir con ustedes las principales novedades que se suscitan en Ecuador respecto a la aprobación de Leyes, a trámites administrativos, tributarios, laborales que son de incumbencia de las sociedades y personas naturales a las que patrocinamos.

Queremos que este blog denominado ECUADOR RE-VIEWS sea un espacio en donde ustedes encuentren la información necesaria, concreta y oportuna que les ayudará a buscar soluciones inmediatas a determinados problemas o a actualizar los procesos que actualmente tiene su empresa.

Sean bienvenidos a este blog y siéntanse con la libertad de contactarse directamente con nosotros para cualquier consulta respecto de los comentarios, noticias, artículos, etcétera que estaremos compartiendo en el mismo.

Atentamente


Floridalva Zambrano
Abogada